La Secretaría de Planificación y Desarrollo Sustentable solicita a los posibles compradores de lotes en San Antonio Oeste, San Antonio Este, Las Grutas y El Cruce que se informen previamente ante la Jefatura de Catastro y el Equipo Técnico sobre las autorizaciones que posee el vendedor para lotear y/o realizar obras de servicios obligatorias.
Esto permitirá evitar ser defraudados, asumir costos adicionales por servicios o multas, y garantizar el acceso al título de propiedad.
Asimismo, respecto a las construcciones, el Código de Edificación (Ordenanza 5624) establece lo siguiente:
6.1. Permisos de edificación
Todo propietario que desee realizar cualquier tipo de edificación, ampliación, modificación o demolición deberá solicitar permiso por escrito a la Municipalidad, utilizando los formularios previstos para tal fin.
7.5. Obras contrarias al presente Código de Edificación
En caso de llevar a cabo construcciones que infrinjan las disposiciones de este Código, los responsables (titular y representante técnico) estarán sujetos a sanciones, que podrán implicar el pago de un monto equivalente a entre 2.000 y 60.000 litros de gasoil, dependiendo de la gravedad de la infracción.